Informes Pueblos Indígenas

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    Informe Sobre Proyecto de Ley de Reconocimiento Formal al Pueblo Tribal Afrodescendiente Chileno. Boletín N° 10625-17
    ( 2018-06) Instituto Nacional de Derechos Humanos
    El proyecto de ley en análisis tiene por objeto otorgar reconocimiento legal al pueblo tribal afrodescendiente en Chile, relevando con ello su presencia histórica y actual y su contribución a la identidad cultural del país. El reconocimiento de personas como afrodescendientes en nuestro país es el resultado de un proceso muy particular, poco conocido y escasamente integrado a la historia nacional. Arica y sus valles interiores de Azapa y Lluta, son zonas en las que históricamente se han asentado primero los/as africanos/as esclavizados y, después, sus descendientes en territorios que hasta fines del siglo XIX pertenecían al Virreinato del Perú, y que solo luego de la guerra del Pacífico pasaron al Estado chileno, en conjunto con su población (Duconge y Guizardi). Este período de anexión fue complejo y doloroso para los y las afrodescendientes, una población abatida por la guerra, perseguida en su minuto, y luego incorporada a regañadientes a través de lo que se ha llamado la “chilenización”, un proceso que no los vio como afrodescendientes sino como peruanos/as y, por ende, como enemigos/as bajo ese contexto . El proyecto pretende, además, lograr una visibilización efectiva ante terceros, buscando la concientización ciudadana de respeto e inclusión de la diversidad, aportando con ello a disminuir las manifestaciones del racismo presentes en la sociedad chilena. A través de este informe, el INDH evaluará la conformidad del proyecto con los estándares internacionales de derechos humanos en la materia, los cuales están signados por la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (en adelante, CERD), el Convenio 169 de la OIT, así como de la jurisprudencia proveniente del sistema interamericano y de los pronunciamientos del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial y de la OIT.
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    Proyecto de Ley que Crea el Consejo Nacional y los Consejos de Pueblos Indígenas - Boletín N° 10526-06
    ( 2016-05) Instituto Nacional de Derechos Humanos
    El Consejo del Instituto Nacional de Derechos Humanos, en su Sesión N° 250 del 4 de mayo de 2015, dio su aprobación al “Informe de observación sobre el proceso de consulta previa desarrollado por el Ministerio de Desarrollo Social referido a la creación del Ministerio de Pueblos Indígenas y del Consejo o Consejos de Pueblos Indígenas”. Dicho documento, cuyas observaciones se entienden incorporadas junto al presente informe constituyen insumos básicos sobre el pronunciamiento que en esta etapa del proceso legislativo hará el INDH en torno al proyecto de ley en informe. La presentación al Congreso Nacional del proyecto de ley que crea el Consejo Nacional y los Consejos de Pueblos Indígenas constituye una etapa en la materialización de la hoja de ruta señalada por el referido proceso de consulta previa. Sin perjuicio de ello, es pertinente analizar, a la luz de los estándares internacionales de derechos humanos, dos asuntos de relevancia para la agenda parlamentaria: a) Si acaso el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo recoge y respeta plenamente los acuerdos alcanzados con los pueblos indígenas representados en la Jornada Nacional de San Sebastián con el cual culminó la instancia de consulta indígena abierta por MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, efectuada en enero de 2014; b) Si la Jornada Nacional de San Sebastián agota el proceso consulta previa de esta medida legislativa conforme a los estándares internacionales de derechos humanos o si, por el contrario, la presentación del proyecto de ley y de aquél que crea el Ministerio de Pueblos Indígenas suponen una continuidad dentro de un proceso aún inconcluso desde la perspectiva de recabar la plena información y el consentimiento de los pueblos originarios de nuestro país en torno a una medida legislativa que, conforme al artículo 6° del Convenio N° 169 de la OIT, los afecta directamente.
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    El Deber de Consulta Previa, Libre e Informada a los Pueblos Indígenas
    ( 2014-04) Instituto Nacional de Derechos Humanos
    El presente informe INDH sostiene que el establecimiento de procedimientos adecuados que garanticen la participación efectiva de los pueblos indígenas en la toma de decisiones en asuntos susceptibles de afectarles directamente, representa un desafío para una institucionalidad estatal que concibe las relaciones con las identidades indígenas desde el desconocimiento o bien desde el paradigma de la integración y el asistencialismo, negando la circunstancia de estar ante sujetos a los que el derecho internacional les ha reconocido titularidad colectiva de derechos y que en los últimos decenios ha amparado sus demandas de participación y reconocimiento.
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    Misión de Observación en Alto El Loa
    ( 2014-04) Instituto Nacional de Derechos Humanos
    El presente informe es el resultado de la Misión de observación solicitada por la Presidenta de la Comunidad Indígena de Taira y el Presidente de la Comunidad Indígena (ayllu) de Chiu-Chiu, en la que presentaron un requerimiento de observación en los territorios de las comunidades indígenas Lickana Antay del Alto El Loa a la Directora del INDH. Los representantes indígenas fundaron su solicitud en las eventuales afectaciones a los derechos de los pueblos y personas indígenas, fundamentalmente en relación al acceso al derecho al agua, y a la consulta previa libre e informada como consecuencia de proyectos de inversión de la empresa estatal Corporación del Cobre -CODELCO- (Divisiones Chuquicamata, Radomiro Tomic y Ministro Hales).
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    Informe del Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas 2013
    ( 2013-08-13) Anaya, James
    Este es el último informe del actual Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas, James Anaya, a la Asamblea General. El Relator Especial dedica la primera parte del informe a describir sus actividades desde el inicio de su mandato, identificando al mismo tiempo los métodos de trabajo y las lecciones extraídas, así como las experiencias positivas y los problemas de su labor. Más adelante en el informe se ocupa de los factores que debilitan el compromiso y la acción de los Estados y otros agentes respecto de la aplicación de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, valiéndose de las experiencias del Relator Especial en los últimos años. El objetivo de este análisis es promover la reflexión con el objeto de ayudar a superar estos factores debilitantes en favor de medidas de aplicación concretas.