(
1991-09-05)
Organización Internacional del Trabajo
Adoptado en 1989 y ratificado por Chile en 2008, reúne una serie de responsabilidades que caben a los Estados, en materia de promoción, respeto, garantía y protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas y tribales. Aborda aspectos como la participación efectiva, el respeto y preservación de su cultura, costumbres, tradiciones y territorios, así como la consulta previa en aquellos asuntos que les afecten o sean de su interés.