Derechos Civiles y Políticos
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Browsing Derechos Civiles y Políticos by Subject "DEMOCRACIA"
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Item¿A dónde va la mujer?(Editorial Letras, 1934) Labarca, AmandaEn la sección de este libro, donde habla de mujer y política, Amanda Labarca se refiere al derecho de las mujeres al sufragio, en un contexto sudamericano en que no ha existido una "verdadera democracia", ya que esta no ha incorporado a las mayorías formadas por mujeres y analfabetos. En relación a las mujeres, argumenta que sufren igual que los hombres los errores del mal gobierno, por lo que el sufragio femenino es "de toda justicia y conveniencia". Sostiene además que los lazos del hogar y el estatuto civil del ciudadano no tienen porqué ser incompatibles. Sin embargo, estima que antes de obtener el sufragio es necesario desarrollar “el sentido de responsabilidad cívica”, a través de la capacitación para la comprensión "de los problemas vitales del país", el conocimiento de "los fundamentos del sistema republicano" y el ejercicio de "la práctica de la asociación", entre otras materias que enuncia.
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ItemUn Capítulo en la Historia del Feminismo. Las Sufragistas Inglesas(Ediciones del Memch, 1952) Caffarena, ElenaPara Elena Caffarena, la lucha por los derechos de la mujer se entiende como un “nuevo movimiento social”, que surge de los cambios generados por la industrialización. Esta va creando “una mujer nueva, con diferente conciencia de su posición y de sus posibilidades”. Así emerge el movimiento feminista que logra avances con grandes esfuerzos y “luchas sostenidas”. Este libro, publicado en 1952, ilustra esos postulados a través de la historia de las sufragistas inglesas y su conquista del voto, como un llamado a no olvidar esas luchas y a la vez a hacer un reconocimiento a sus protagonistas. A lo largo de cinco capítulos, la autora ofrece un marco histórico del sufragismo inglés de las dos primeras décadas del siglo XX, revisa sus precursores/as, y describe las formas de acción de distintas agrupaciones sufragistas, así como las violentas reacciones que provocaron, entrega datos biográficos de las principales protagonistas y examina finalmente las prejuiciosas informaciones que sobre el sufragismo inglés entrega la prensa chilena, exceptuando a la prensa obrera de la época.
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ItemDecreto-ley Nº 321, llamado Ley Maza(Diario Oficial, 1925-03-16) ChileDecreto Ley N° 328 del año 1925, que modifica las disposiciones vigentes sobre la capacidad legal de la mujer. El decreto reconoció los primeros derechos civiles de la mujer y abolió algunas de las incapacidades legales que mantenía a las mujeres en calidad de menores de edad. Específicamente, reconoce a la mujer casada algunas atribuciones en materia de patria potestad, se habilita a las mujeres para atestiguar ante la ley, y autoriza a la mujer casada para administrar los frutos de su trabajo, a través del régimen conyugal de separación de bienes.
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ItemFeminismo Contemporáneo(Editorial Zig-Zag, 1947) Labarca, AmandaSe presentan dos capítulos de “Feminismo contemporáneo”, publicado en 1947. En “Trayectoria del movimiento feminista”, Labarca da cuenta de 70 años de avances, destacando en primer lugar los referidos a la educación, tales como el acceso a la Universidad (Decreto ley de 1877) y la fundación del Liceo N°1 de Niñas (1895). A continuación anota la ley 328 de 1925, que reconoce importantes derechos civiles a la mujer y el sufragio en elecciones municipales, otorgado en 1934. Con optimismo, resalta los crecientes logros de mujeres en el arte, la literatura y las profesiones liberales, llamando a fijarse nuevos objetivos. En “Inciertos horizontes”, refuta los temores de los partidos de izquierda y derecha sobre el voto femenino, por su eventual apoyo al otro bando. Recuerda que entre las mujeres hay tanta diversidad como entre los hombres, y reitera que ellas son afectadas por las decisiones políticas por lo que tienen “derecho a intervenir en la cosa pública”.
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ItemUna Mujer Enjuicia al Tiempo( 1970-12-07) Labarca, AmandaEn su discurso de Incorporación a la Academia de Ciencias Sociales en 1970, Amanda Labarca sostiene que los cambios e la condición de la mujer a lo largo del desarrollo de las sociedades humanas pueden explicarse en el marco de “transformaciones sociales y económicas de gran envergadura”, las que son “semejantes a las que hoy vivimos”. Señala al “industrialismo” como “el más agudo enemigo del hogar patriarcal”, a través de factores como la masificación de las comunicaciones, las innovaciones científicas y tecnológicas y la disponibilidad de anticonceptivos, destacando igualmente el largo accionar de las mujeres por sus derechos. Argumenta en seguida que no hay base biológica que sustente la superioridad o inferioridad del hombre o la mujer, enfatizando sus diferencias y su complementariedad y el importante papel de cada uno en la sociedad.
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ItemPrólogo a La esclavitud de la mujer. Estudio crítico por Stuart Mill(LOM Ediciones, 2009) Barros, Martina ; Mill, StuartA los 22 años, en 1872, Martina Barros realizó la primera traducción al español del libro de John Stuart Mill, “La Esclavitud de la Mujer” (The Subjection of Women, 1869). La publicación que aquí se reproduce contiene el prólogo elaborado por Barros, acompañado de un análisis introductorio de Alejandra Castillo (2009), que destaca el carácter pionero del texto y reflexiona sobre las tensiones entre las nociones de libertad e igualdad en el pensamiento de Barros. En su prólogo, Barros enfatiza que no es natural, sino histórico, el origen de las reglas que sujetan a la mujer al hombre, particularmente en el ámbito del matrimonio, y aboga por su educación para el desarrollo de sus facultades y para la libre elección de su propio camino. Por otra parte, aunque en esta obra considera que los derechos políticos, en particular el derecho a elegir, no son una prioridad del momento para las mujeres, argumenta que las diferencias que existene entre los sexos no justifican la prohibición del voto femenino ni la superioridad del hombre sobre la mujer.
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ItemEl voto femenino(Revista Chilena, 1917) Barros, MartinaEl texto corresponde a una conferencia dictada por Martina Barros en 1917, 35 años después de traducir a Stuart Mill, al incorporarse al “Club de Señoras”. Allí declara haberse afiliado “entre las defensoras del derecho a sufragio” tras convencerse de que es el “único medio de hacernos oir y llegar a obtener hechos y no sólo buenas palabras”. Lo fundamenta en que la vida de la mujer está “íntimamente relacionada” con los problemas “de alto interés social”, que incumben al parlamento, como la educación, el divorcio o eventualmente la guerra. Cuestiona el argumento de que los hombres estén más preparados que las mujeres para el voto, y rebate el temor de que las mujeres abandonen el hogar por ejercer el sufragio una vez cada tres años. Finalmente recorre ejemplos de países donde las mujeres tienen derecho al voto y donde además se está considerando que sean elegidas. Opina que el hombre es superior a la mujer en el plano intelectual, pero que la mujer nunca ha sido superada “en el arte de gobernar”, enumerando grandes reinas en la historia.