Pueblos Indígenas
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ItemA la Prefectura de Carabineros Cautín N°12( 1929) Carabineros de ChileEn este documento de 1929 se registran las actividades de Manuel Aburto Panguilef, en el marco de una investigación de Carabineros realizada en la prefectura de Cautín.
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ItemAcuerdo 8° Congreso Araucano( 1929) Federación AraucanaEn el documento se transcriben los acuerdos oficiales del 8° Congreso Araucano, celebrado en 1929. Exponen algunas medidas necesarias para asegurar el derecho a la tierra, mejorar la educación de las comunidades, y acceder a los mismos derechos que los ciudadanos chilenos no mapuche.
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ItemAlberto Holus Chávez. Presidente del Consejo de Ancianos de Isla de Pascua( 1987) Rapu, AlfonsoAlberto Holus, Presidente del Consejo de Ancianos Isla de Pascua, relata las características de la cesión se soberanía al Estado de Chile y de los abusos que implicó este acto. Hace una revisión histórica hasta el año 1987, en que se refiere al despojo de sus tierras ancestrales, los problemas médicos derivados de la lepra y el lento reconocimiento de sus derechos.
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ItemAZMAPU. Una aproximación al Sistema Normativo Mapuche desde el Rakizuam y el Derecho Propio( 2016) Melin Pehuen, Miguel ; Coliqueo Collipal, Patricio ; Curihuinca Neira, Elsy ; Royo Letelier, ManuelaEl libro aborda, desde un enfoque mapuche, distintas dimensiones y componentes del pensamiento reflexivo propiamente mapuche o Rakizuam; levantados a partir de conversaciones con fuentes de la memoria oral y colectiva del mundo mapuche como son los kimche o personas mapuche sabias mayores, depositarios de los fundamentos culturales y epistemológico del Derecho Propio o AzMapu.
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Item¿Bajo Cuáles Circunstancias es Necesaria la Consulta Indígena? Guía para la Consulta Según el Convenio 169 de la OIT( 2012-06) Seelau, Ryan ; Seelau, LauraEl propósito de esta guía es ayudar a dirigentes y comunidades indígenas, funcionarios y funcionarios públicos, ONGs y otros actores relevantes en la promoción de los derechos indígenas, específicamente,a entender mejor el derecho a la consulta establecido en el Convenio 169 de la OIT explicar que es. La guía es un documento práctico, una herramienta a ser utilizada para responder a una pregunta muy específica e importante: ¿Bajo cuáles circunstancias es necesaria la consulta?
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ItemCarta de Fray Gil González de San Nicolás al Presidente y Oidores del Consejo de Indias( 1559) González, Fray GilFray González dirige esta carta a las autoridades de la época, exponiendo la situación sucedida en una expedicipon encabezada por García Hurtado de Mendoza, en que se asesinó y maltrató a indígenas. El autor afirma que este comportamiento no se condice con el catolicismo y relata que expresó su descontento con las acciones de los militares españoles.
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ItemCarta N°127 de Carlos Wood al Ministro de Relaciones Exteriores y Colonización( 1878-04-10) Wood, CarlosCarta de Carlos Wood, dirigida al Ministro, comunicando las disposiciones para regresar a la familia selknam a sus tierras, con alimentos.
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ItemCarta N°93 de Carlos Wood al Ministro de Relaciones Exteriores y Colonización( 1878-03-08) Wood, CarlosCarta de Carlos Wood, dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores y Colonización, comunicando sus motivos para evitar la salida del país de una familia selknam que sería destinada a una exhibición en Europa.
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ItemCartilla Informativa: Convenio (N. 169) sobre Pueblos Indígenas y Tribales( 1991-09-05) Organización Internacional del TrabajoAdoptado en 1989 y ratificado por Chile en 2008, reúne una serie de responsabilidades que caben a los Estados, en materia de promoción, respeto, garantía y protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas y tribales. Aborda aspectos como la participación efectiva, el respeto y preservación de su cultura, costumbres, tradiciones y territorios, así como la consulta previa en aquellos asuntos que les afecten o sean de su interés.
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ItemCartilla Informativa: Defensores de Derechos Humanos( 2011) Instituto Nacional de Derechos HumanosCon el fin de promover y defender los derechos humanos en Chile, el INDH ha elaborado una serie de materiales para que se informe de sus derechos y de cómo exigirlos. Se presenta la "Cartilla Informativa: Defensores de Derechos Humanos" en español y lenguas originarias Aimara, Mapudungún y Rapa nui. Si quiere material impreso, comuníquese con INDH, escribiendo a cedoc@indh.cl.
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ItemCartilla Informativa: Derecho a la Participación de Pueblos Indígenas( 2011) Instituto Nacional de Derechos HumanosCon el fin de promover y defender los derechos humanos en Chile, el INDH ha elaborado una serie de materiales para que te informes de tus derechos y de cómo exigirlos. Se presenta la "Cartilla informativa: Derecho a la participación de pueblos indígenas" en español, audio y lenguas originarias Aimara, Mapudungún y Rapa nui. Si quiere material en braille o impreso, comuníquese con INDH, escribiendo a cedoc@indh.cl.
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ItemCartilla Informativa: Derechos Territoriales de los Pueblos Indígenas( 2011) Instituto Nacional de Derechos HumanosCon el fin de promover y defender los derechos humanos en Chile, el INDH ha elaborado una serie de materiales para que se informes de sus derechos y de cómo exigirlos. Se presenta la "Cartilla informativa: Derechos territoriales de los pueblos indígenas" en español, audio y lenguas originarias Aimara, Mapudungún y Rapa nui. Si quiere material en braille o impreso, comuníquese con INDH, escribiendo a cedoc@indh.cl.
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ItemCartilla Informativa: El Derecho a Manifestarse en Paz( 2011) Instituto Nacional de Derechos HumanosCon el fin de promover y defender los derechos humanos en Chile, el INDH ha elaborado una serie de materiales para que se informe de sus derechos y de cómo exigirlos. Se presenta la "Cartilla Informativa: El Derecho a Manifestarse en Paz" en español y lenguas originarias Aimara, Mapudungún y Rapa nui. Si quiere material impreso, comuníquese con INDH, escribiendo a cedoc@indh.cl
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ItemCartilla Informativa: Los Derechos Humanos son Exigibles( 2011) Instituto Nacional de Derechos HumanosCon el fin de promover y defender los derechos humanos en Chile, el INDH ha elaborado una serie de materiales para que se informe de sus derechos y de cómo exigirlos. Se presenta la "Cartilla Informativa: Los Derechos Humanos son Exigibles" en español, audio y lenguas originarias Aimara, Mapudungún y Rapa nui. Si quiere material impreso, comuníquese con INDH, escribiendo a cedoc@indh.cl.
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ItemEl Comicio Indíjena de Ayer( 1916) Diario El AustralEn Diario El Austral se informa de la protesta de las comunidades mapuche frente a la venta de extensos territorios ancestrales a privados. Manuel Aburto Panguilef es citado a propósito de un discurso en que defiende el derecho de los mapuche a las tierras que siempre ocuparon y rechaza las acciones del gobierno en esta materia.
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ItemComisión por los Derechos del Pueblo Mapuche( 2011) Instituto Nacional de Derechos HumanosLa Comisión por los Derechos del Pueblo Mapuche tiene como mandato constituir un espacio de escucha y sistematización de las demandas más relevantes del Pueblo Mapuche con capacidad de emitir recomendaciones que deberán ser implementadas por autoridades públicas. Su objetivo principal es la promoción y defensa del Pueblo Mapuche.
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ItemEl Deber de Consulta Previa, Libre e Informada a los Pueblos Indígenas( 2014-04) Instituto Nacional de Derechos HumanosEl presente informe INDH sostiene que el establecimiento de procedimientos adecuados que garanticen la participación efectiva de los pueblos indígenas en la toma de decisiones en asuntos susceptibles de afectarles directamente, representa un desafío para una institucionalidad estatal que concibe las relaciones con las identidades indígenas desde el desconocimiento o bien desde el paradigma de la integración y el asistencialismo, negando la circunstancia de estar ante sujetos a los que el derecho internacional les ha reconocido titularidad colectiva de derechos y que en los últimos decenios ha amparado sus demandas de participación y reconocimiento.
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ItemDeclaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas( 2008-03) Naciones UnidasLa Asamblea General, Tomando nota de la recomendación que figura en la resolución 1/2 del Consejo de Derechos Humanos, de 29 de junio de 2006 en la que el Consejo aprobó el texto de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, Recordando su resolución 61/178, de 20 de diciembre de 2006, en la que decidió aplazar el examen y la adopción de medidas sobre la Declaración a fin de disponer de más tiempo para seguir celebrando consultas al respecto, y decidió también concluir su examen de la Declaración antes de que terminase el sexagésimo primer período de sesiones, Aprueba la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas que figura en el anexo de la presente resolución.
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ItemLa Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Pueblos Indígenas( 2013-04-25) Naciones UnidasEste documento está dirigido a asistir a los pueblos indígenas en la defensa de sus derechos, a apoyar a los Gobiernos de la región en la implementación de la Declaración, a contribuir con las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos en su rol de monitoreo y evaluación de la implementación de la Declaración y a informar a la sociedad civil y al público en general.
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ItemDerecho de Propiedad y los Pueblos Indígenas en Chile(Naciones Unidas, 1999-09) Muñoz, BernardoEl trabajo organiza y sistematiza el tratamiento legislativo que se ha otorgado en Chile a la propiedad de la tierra indígena y a la vez incorpora las diversas opiniones públicas y de actores sociales relacionados con la actual situación de conflicto que se observa en Chile en torno a la posesión de la tierra entre los grupos indígenas del país, las empresas forestales y mineras fundamentalmente y las actuales políticas que se desarrollan a partir de la promulgación de la actual ley 19.253, más conocida como la Ley Indígena. El tratamiento del tema incluye la realidad que presentan las comunidades aymarás de la I Región y las atacameñas de la II, en lo que respecta a sus conflictos, particularidades y soluciones propuestas al tema a través del Programa de saneamiento de títulos existente entre el Ministerio de Bienes Nacionales y la CONADI y en lo relativo al concepto del ayllu y del territorio indígena y sus usos de acuerdo a las categorías simbólicas y toponímicas propias de estos grupos del Norte de Chile. Concluye con diversas propuestas relativas a proporcionar elementos de análisis y políticas destinadas a posibilitar un avance en la actual situación de conflicto que se genera a la luz de los diversos conflictos regionales y de la existencia de diversos cuerpos legales que coexisten y que dificultan la aplicación de la mencionada ley 19.253.