Cuarto Informe Anual. Capítulo II: Ejes temáticos. Máxima seguridad en Chile: El uso extremo del aislamiento prolongado
| dc.contributor.author | Comité de Prevención contra la Tortura | |
| dc.date.accessioned | 2026-10-28T18:18:32Z | |
| dc.date.available | 2026-10-28T18:18:32Z | |
| dc.date.issued | 2024-12-30 | |
| dc.description.abstract | La preocupación expresada en diversos instrumentos internacionales sobre el aislamiento prolongado de personas privadas de libertad radica en que su uso puede constituir un trato cruel, inhumano y degradante, e incluso equipararse a la tortura. Las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, conocidas como las Reglas de Nelson Mandela (reglas 42 a 45), prohíben expresamente ciertas prácticas, tales como el aislamiento indefinido, el aislamiento prolongado, el encierro en celdas oscuras o permanentemente iluminadas, las penas corporales, la reducción de alimentos o agua potable, y los castigos colectivos. Asimismo, cualquier restricción al contacto familiar solo puede imponerse por períodos breves y únicamente cuando sea estrictamente necesaria para mantener la seguridad y el orden. | |
| dc.identifier.uri | https://bibliotecadigital.indh.cl/handle/123456789/2004 | |
| dc.language.iso | es | |
| dc.publisher | Comité de Prevención contra la Tortura | |
| dc.subject | PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD | |
| dc.subject | RÉGIMEN PENITENCIARIO | |
| dc.subject | CÁRCELES | |
| dc.title | Cuarto Informe Anual. Capítulo II: Ejes temáticos. Máxima seguridad en Chile: El uso extremo del aislamiento prolongado | |
| dc.type | Article |
