Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, Adoptada el 28 de julio de 1951 por la Conferencia de Plenipotenciarios sobre el estatuto de los refugiados y de los apátridas (Naciones Unidas), convocada por la Asamblea General en su resolución 429 (V), de 14 de diciembre de 1950. Entrada en vigor: 22 de abril de 1954, de conformidad con el artículo 43
Conjunto de poemas escritos por Pablo Neruda en el contexto de la guerra civil española, que más tarde el Comisariado del Ejército re imprime y publica como gesto de reconocimiento a su aporte literario.