Informes Educación
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ItemInforme Sobre Proyecto de Ley que Crea el Plan de Formación Ciudadana para los Establecimientos Educacionales Reconocidos por el Estado (Boletín N°10043-04)( 2015-09) Instituto Nacional de Derechos HumanosLa educación chilena ha ido progresivamente incorporando elementos de formación ciudadana y de derechos humanos, desde la década de los 90 hasta la actualidad. Aun así, su integración es dispar entre niveles educativos y en las diferentes temáticas que la componen. En el marco del derecho a educación, esos propósitos y contenidos específicos han sido explicitados con claridad en los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Chile (DUDH, PIDESC, CDN, Unesco 1960), y precisados en temas de su implementación en la Observación General N°1 del Comité de Derechos del Niño. Adicionalmente, el Sistema Universal de Protección de Derechos Humanos, ha hecho una serie de recomendaciones para impulsar la educación en derechos humanos y ampliar la perspectiva respecto de otros modelos educativos como el de la educación cívica, centrada en el ajuste personal al cumplimiento de normas, y el de formación ciudadana, cuyo centro es la participación formal, más que un trabajo sobre el conjunto de derechos. Ello se ha plasmado en el Programa Mundial de Educación en Derechos Humanos cuya primera fase promueve la creación de planes nacionales orientados a la educación escolar y la formación docente. Si bien Chile ha ratificado estos tratados y ha adherido al Programa Mundial de Educación en Derechos Humanos, no cuenta hoy con un plan nacional de educación en derechos humanos, y es uno de los compromisos pendientes de cumplimiento desde el Examen Periódico Universal de 2009. Por otra parte, la Ley General de Educación y otras normativas relacionadas con la calidad de la educación, reconocen objetivos relacionados con la formación ciudadana y en derechos humanos. Todos estos elementos están ausentes en el mensaje presidencial del proyecto de Ley, restando potencialidad al Plan propuesto dado que no se establecen las obligaciones de los órganos del Estado que deben velar por el cumplimiento de esta normativa, particularmente en materia de establecimiento de pisos mínimos comunes que eviten generar propuestas de diversa calidad, que generen nuevos focos de desigualdad y, por tanto, de discriminación; así como en materia de fiscalización que de efectividad a esta normativa. En esa misma línea, preocupa que el proyecto incorpora solo algunos elementos de lo que establecen los estándares internacionales y recomendaciones en torno al educación en derechos humanos. Por otra parte, el Proyecto de ley plantea el Plan de Formación Ciudadana como una política sin articulación con el resto del funcionamiento del sistema educativo, sus normas y políticas, diluyendo esfuerzos y superponiéndose con otras iniciativas que también establecen medidas de formación ciudadana y en derechos humanos, como el de la Subsecretaría de Derechos Humanos. Finalmente, el proyecto omite referencias al financiamiento y de otros recursos, lo que limita las posibilidades objetivas de implementación y de una formación docente efectiva que pueda conducir y aplicar dicho Plan.